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domingo, 20 de enero de 2008

Catalogar, grabar y digitalizar el patrimonio cultural intangible desde el punto de vista de la P.I.

Las tecnologías digitales y la red Internet ofrecen oportunidades sin precedentes para la promoción, preservación, revitalización y protección del patrimonio cultural inmaterial, como la música tradicional, las artes, las interpretaciones o ejecuciones, los símbolos y los diseños. En el marco de muchas iniciativas valiosas, se están utilizando estas nuevas tecnologías para catalogar, digitalizar y difundir bases de datos de estas expresiones culturales tradicionales. Sin embargo, la digitalización y la difusión más amplia de las expresiones culturales tradicionales pueden dar lugar a la apropiación y a la utilización indebidas. Por ejemplo, ciertos esfuerzos de salvaguardia del patrimonio cultural han provocado inconscientemente la explotación comercial no autorizada de material confidencial desde el punto de vista cultural.
Como resultado de ello, las organizaciones indígenas, los museos y archivos así como los investigadores culturales han solicitado una orientación acerca de las cuestiones y opciones de P.I. que se plantean durante las iniciativas de catalogación y digitalización. En respuesta a ello, el Proyecto del Patrimonio Creativo de la OMPI ha definido prácticas óptimas y directrices para la gestión de las cuestiones de P.I. que se plantean al catalogar, digitalizar y difundir el patrimonio cultural inmaterial.
El proyecto también incluye:
asistencia en tecnologías de la información en forma de un apoyo técnico para la catalogación y digitalización de las expresiones culturales tradicionales y el establecimiento de colecciones digitales y sitios Web; y
el portal digital del patrimonio creativo de la OMPI en el que pueden verse muestras de las diversas expresiones culturales tradicionales que se manifiestan en el mundo.

Estas mas informaciones pueden obtenerse en http://www.wipo.int/tk/es/folklore/culturalheritage/

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LA OMPI

SEMINARIO OMPI Parte 1

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HUMOR

El interés por la propiedad intelectual

Por Francisco Polo Mimó
21-04-2007
El tema sobre la propiedad intelectual sigue siendo de unos pocos, a pesar de que está vinculado con el comercio, con los derechos humanos, con la educación, con la tecnología, con las artes, con los conocimientos tradicionales en fin con numerosas áreas del conocimiento y de la vida del ser humano.
En la medida que crece el interés por los derechos intelectuales, es necesario dar cuenta de sus implicaciones. El compartir esta iniciativa, de hacerla pública y contribuir en su conocimiento, aunado a todos aquellos que quieran participar en la divulgación y discusión sobre este tema, plantea un gran reto: responder a todas las inquietudes e ir construyendo una cátedra universal de gran interés.
La propiedad intelectual comúnmente comprende dos grandes ámbitos de aplicación, a saber: Los derechos de autor y la propiedad industrial propiamente dicha. Esta última a su vez, se subdivide en a. patentes y b. márcas.
Las referencias institucionales necesarias son: la Organización Mundial del Comercio -OMC-, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual -OMPI- y las Oficinas de Propiedad intelectual existentes en cada uno de los países del mundo.
El orden jurídico-institucional se observa en dos escalas que se interrelacionan: el orden jurídico internacional y el orden jurídico nacional.
En el orden jurídico internacional se encuentran los Acuerdos, las Declaraciones, Pactos y Convenios.
En el orden jurídico nacional se tienen la Constitución de cada Estado, las leyes, estatutos, reglamentos y demás dispositivos que integran el derecho interno o nacional.
En las sucesivas entregas se tratarán cada una de estas dimensiones a fin de abrir la discusión sobre este fascinante mundo de la propiedad intelectual.
A los efectos de impulsar mas la discusión se recomienda reflexionar sobre el régimen de propiedad y constitución de monopolios económicos de bienes intangibles, tales como los mencionados en el artículo 2 del Convenio de Berna que data de 1886 : como son "todas las producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, tales como los libros, folletos y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales; las obras coreográficas y las pantomimas; las composiciones musicales con o sin letra; las obras cinematográficas, a las cuales se asimilan las obras expresadas por procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas a las cuales se asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de artes aplicadas; las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativos a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias".