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viernes, 25 de diciembre de 2009

¿CUÁNDO UN HOMBRE ES MASÓN?


¿Cuándo un hombre es Mas:.?
del Q:.H:. Joseph Fort Newton - July 21, 1880 - January 24, 1950 –
(hoy en el Ort:.E:.)
Traducido del inglés por el Q:. H:. Alfonso Herrera Arias de la Resp:. Log:. No. 79 (Cartagena de Indias)

  • Cuando puede mirar sobre los ríos, las colinas y el horizonte lejano con un profundo sentimiento de su propia pequeñez, en el vasto esquema de las cosas, y aún, tener fe, esperanza y coraje, que son las raíces de cada virtud.

  • Cuando él sabe que adentro, en su corazón, todo hombre es tan noble, tan vil, tan divino, tan diabólico, tan sólo como él mismo, y busca conocer, perdonar y amar a su semejante.

  • Cuando conoce cómo simpatizar con el hombre en su tristeza, aún en sus pecados, sabiendo que cada hombre tiene una dura lucha contra las situaciones de la vida.

  • Cuando ha aprendido a hacer amigos y a mantenerlos, y sobretodo, a cómo tener los amigos consigo mismo.

  • Cuando ama las flores y puede cazar pájaros sin un arma, y siente la emoción de una alegría pasada al oír la carcajada de un niño.

  • Cuando puede permanecer contento y altruista en medio de las duras situaciones de la vida.

  • Cuando los árboles coronados de estrellas y los rayos del sol reflejados sobre el riachuelo, le someten, como el pensamiento de Aquel Ser muy amado y hace mucho tiempo fallecido.

  • Cuando no hay voz de angustia que no alcance sus oídos en vano y no hay mano que en busca de su ayuda, no encuentre respuesta.

  • Cuando encuentra lo bueno en cada fe o creencia que ayuda al hombre a mantenerse dentro de lo divino, y apreciar el majestuoso significado de la vida, cualquiera que sea el nombre de esta fe o creencia.

  • Cuando puede mirar en un charco al lado del camino, y ver algo más allá del lodo, de la misma forma como puede ver en la cara del más desgraciado y desamparado, algo más allá del pecado.

  • Cuando sabe cómo orar, amar y aguardar con esperanza.

  • Cuando ha mantenido la fe en sí mismo, en sus compañeros y en su Dios; cuando ha mantenido en su mano una espada contra el demonio y en su corazón el lema de una canción…, contento de vivir, pero sin miedo a morir.

  • Tal hombre, ha encontrado el único secreto real de la Mas:. aquel que se ha estado tratando de dar al mundo entero.

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LA OMPI

SEMINARIO OMPI Parte 1

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HUMOR

El interés por la propiedad intelectual

Por Francisco Polo Mimó
21-04-2007
El tema sobre la propiedad intelectual sigue siendo de unos pocos, a pesar de que está vinculado con el comercio, con los derechos humanos, con la educación, con la tecnología, con las artes, con los conocimientos tradicionales en fin con numerosas áreas del conocimiento y de la vida del ser humano.
En la medida que crece el interés por los derechos intelectuales, es necesario dar cuenta de sus implicaciones. El compartir esta iniciativa, de hacerla pública y contribuir en su conocimiento, aunado a todos aquellos que quieran participar en la divulgación y discusión sobre este tema, plantea un gran reto: responder a todas las inquietudes e ir construyendo una cátedra universal de gran interés.
La propiedad intelectual comúnmente comprende dos grandes ámbitos de aplicación, a saber: Los derechos de autor y la propiedad industrial propiamente dicha. Esta última a su vez, se subdivide en a. patentes y b. márcas.
Las referencias institucionales necesarias son: la Organización Mundial del Comercio -OMC-, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual -OMPI- y las Oficinas de Propiedad intelectual existentes en cada uno de los países del mundo.
El orden jurídico-institucional se observa en dos escalas que se interrelacionan: el orden jurídico internacional y el orden jurídico nacional.
En el orden jurídico internacional se encuentran los Acuerdos, las Declaraciones, Pactos y Convenios.
En el orden jurídico nacional se tienen la Constitución de cada Estado, las leyes, estatutos, reglamentos y demás dispositivos que integran el derecho interno o nacional.
En las sucesivas entregas se tratarán cada una de estas dimensiones a fin de abrir la discusión sobre este fascinante mundo de la propiedad intelectual.
A los efectos de impulsar mas la discusión se recomienda reflexionar sobre el régimen de propiedad y constitución de monopolios económicos de bienes intangibles, tales como los mencionados en el artículo 2 del Convenio de Berna que data de 1886 : como son "todas las producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, tales como los libros, folletos y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales; las obras coreográficas y las pantomimas; las composiciones musicales con o sin letra; las obras cinematográficas, a las cuales se asimilan las obras expresadas por procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas a las cuales se asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de artes aplicadas; las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativos a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias".